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Gerencia de Obras y Servicios Marbella S.L.

 
 
  Capítulo 5 Planes de formación      

 

  Capítulo 5 Planes de formación  
  ARTICULO 38.- PLANES DE FORMACIÓN  
   
 
1.

Los trabajadores tendrán derecho a cursos de formación organizados por la empresa y organizaciones sindicales, u otros organismos, siempre que tengan el visto bueno de la Empresa y el Comité y previa solicitud en tiempo y forma, al objeto de alcanzar y garantizar un mayor nivel de eficacia en la prestación de los servicios.

Dichos cursos de formación tendrán los siguientes aspectos diferenciados:

  • Realización de cursos dirigidos hacia una formación continua y permanente

  • Realización de cursos tendentes a dotar al trabajador de conocimientos profesionales que faciliten la formación adecuada para poder alcanzar una categoría profesional superior.
     

2. La empresa concederá autorización a los trabajadores para la realización de estos cursos, al igual que abonará los gastos de matriculación, así como los desplazamientos, dietas y estancias si es fuera del municipio, siempre que los cursos sean promovidos por la Empresa y aprobados por la Comisión de Vigilancia.

 
3. Se compensará cuando la asistencia sea obligatoria.

 
4. Las calificaciones, diplomas, certificados, serán tenidos en cuenta para la promoción de los trabajadores a categoría superior o puestos de jefatura.
 

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